30 de abril de 2025
Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional (IPRI), organización indígena mundial que lidera la Iniciativa Global para Abordar y Prevenir la Criminalización, la Violencia y la Impunidad contra los Pueblos Indígenas, rechaza contundentemente la detención y puesta en prisión de los líderes indígenas Luis Pacheco y Héctor Chaclán. Al mismo tiempo, hace manifiesta su solidaridad con los detenidos, sus comunidades y organizaciones que han defendido la democracia, la autodeterminación y los derechos colectivos de los pueblos originarios.
De acuerdo con información recopilada por socios de IPRI en el territorio, el pasado 23 de abril fueron detenidos por orden del Ministerio Público Luis Pacheco, viceministro de Desarrollo Sostenible y quien se desempeñó como Presidente de la Junta Directiva de Alcaldes Comunales de los 48 Cantones de Totonicapán en 2023, y Héctor Chaclán, integrante de esa misma organización, acusados de sedición, asociación ilícita, terrorismo, obstaculización a la acción penal y obstrucción de justicia. Además, se habrían emitido tres órdenes más de captura que aún no han sido ejecutadas. Los señores Pacheco y Chaclán han sido enviados a prisión preventiva.
Las acciones por las que se pretende imputar estos graves delitos se remontan a octubre de 2023, cuando diversas autoridades indígenas en representación de sus pueblos se declararon en “Paro Nacional Indefinido”, realizando diversas acciones pacíficas en defensa de los resultados de las elecciones que el propio Ministerio Público buscaba desconocer y, más a fondo, también en defensa de la autonomía de sus pueblos y del orden constitucional.
Diversas autoridades indígenas han manifestado que los cargos criminales contra los señores Pacheco y Chaclán no son acciones contra individuos, sino criminalización de los sistemas de gobierno comunitario indígenas. El propio presidente del país, el señor Bernardo Arévalo, ha resaltado el carácter criminalizador de la acción al decir que dichas órdenes de aprehensión constituyen un ataque al pueblo de Guatemala.
IPRI considera que estas acciones penales injustificadas contra autoridades indígenas constituyen una grave violación de los compromisos internacionales que el Estado de Guatemala ha asumido voluntariamente.
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), instrumento vinculante ratificado por Guatemala, establece que los Pueblos Indígenas tienen derecho a mantener sus instituciones representativas propias y a participar libremente en la vida pública. Asimismo, tanto la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007) como la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016) reconocen el derecho a la autonomía, a la libre determinación y a no ser objeto de actos de discriminación o violencia por ejercer estos derechos.
La criminalización de autoridades ancestrales, como de los 48 Cantones de Totonicapán, constituye no solamente un ataque al derecho consuetudinario indígena, sino también una amenaza directa al tejido democrático y al pluralismo jurídico que caracteriza a un Estado que se proclama intercultural y plural. Este uso indebido del sistema penal buscar reprimir el derecho a la libre manifestación y a defender derechos humanos.
IPRI rechaza enérgicamente cualquier intento de equiparar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y la autodeterminación con delitos de terrorismo o sedición. En ese sentido, hacemos un llamado urgente al Ministerio Público de Guatemala a:
- Liberar de manera inmediata e incondicional a los líderes indígenas Luis Pacheco y Héctor Chaclán:
- A cancelar las órdenes de aprehensión liberadas en este contexto del ejercicio pacífico de los derechos de los pueblos indígenas.;
- A cesar el uso indebido del derecho penal para propósitos ajenos a la justicia.
Llamamos al Estado de Guatemala a:
- Respetar y proteger la autonomía de los sistemas propios de organización y gobernanza de los pueblos originarios;
- Cumplir con sus obligaciones, garantizando el ejercicio pleno de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas en conformidad con los estándares internacionales asumidos.